sábado, 20 de junio de 2015

En la República Dominicana, en la ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social , se crea la Superintendencia de Salud y Riesgos Laboral como una entidad estatal, autónoma , con personalidad jurídica y patrimonio propio, la cual, a nombre y representación del Estado Dominicano ejercerá a cabalidad la función de velar por el estricto cumplimiento de la ley y sus normas complementarias, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera del Seguro Nacional de Salud. Será una entidad dotada de un personal técnico y administrativo altamente calificado. Esta facultada para con contratar, demandar y ser demanda y será fiscalizada por la Contraloría General de la Republica Dominicana y/o Cámara de Cuentas solo en lo concerniente al examen de sus ingresos y gastos. En este sentido, la ley plantea lo siguiente: En el Régimen Contributivo Pensión por vejez Pensión por discapacidad Pensión por cesantía por edad avanzada Pensión por sobre vivencia. En el Régimen Subsidiado Pensión por vejez y discapacidad, total o parcial Pensión de sobre vivencia. En el Régimen contributivo Subsidiado. Pensión por vejez y discapacidad, total o parcial Pensión de sobre vivencia L

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